Calculadora de Prestación por Desempleo (Paro) 2026
Estima tu prestación contributiva por desempleo según tu base reguladora y los días cotizados: cuantía mensual, duración y total.
Última revisión de los datos: 05/09/2026 · Fuentes: SEPE, Seguridad Social
Esta herramienta usa tu salario bruto mensual como aproximación; la prestación real depende de tus bases de cotización por desempleo.
La prestación por desempleo (comúnmente llamada 'el paro') es una prestación contributiva del sistema de Seguridad Social español que compensa la pérdida de ingresos cuando un trabajador queda en situación legal de desempleo. Para tener derecho a ella es necesario haber cotizado al menos 360 días (12 meses) en los últimos 6 años antes de quedarse sin trabajo.
Esta calculadora estima el importe de la prestación y su duración a partir de tu base reguladora —la media de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días, que aproximamos con tu salario bruto mensual— y de los días cotizados. La cuantía es el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días (6 meses) y el 60% a partir del séptimo mes, con un tope máximo y mínimo establecido por el IPREM. Los resultados son orientativos; el SEPE aplica los datos reales de las bases de cotización.
Media de tus bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días. Si no la conoces, tu salario bruto mensual es una aproximación razonable.
Duración total
240 días
(8 meses)
Primeros 6 meses
1050,00 €
70% base reguladora
A partir del 7.º mes
1050,00 €
60% base reguladora
Total estimado bruto
8400,00 €
Estimación orientativa. Para calcular tu prestación exacta, consulta la sede electrónica del SEPE con tu informe de vida laboral.
Cómo se calcula la prestación por desempleo
El cálculo combina dos elementos independientes. El primero es la cuantía, que parte de la base reguladora —la media de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días trabajados— y aplica el 70 % durante los seis primeros meses y el 60 % después, siempre dentro de los topes mínimo y máximo vinculados al IPREM. El segundo es la duración, que depende exclusivamente de los días cotizados en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, según una escala que concede 120 días de prestación por los primeros 360 cotizados y va sumando 60 días por cada 180 adicionales, hasta un máximo de 720 días.
Ejemplo resuelto
Una persona con una base reguladora de 1.800 € mensuales y 1.080 días cotizados. Por duración, 1.080 días le dan derecho a 360 días de prestación, es decir, un año. Por cuantía, los primeros 180 días cobraría el 70 % de 1.800 €, unos 1.260 € mensuales; a partir del día 181 pasaría al 60 %, unos 1.080 €. A esos importes brutos hay que restarles la retención de IRPF y la cotización a la Seguridad Social que sigue corriendo a cargo del trabajador durante la prestación.
Duración de la prestación según días cotizados
| Días cotizados | Días de prestación |
|---|---|
| 360 días | 120 |
| 720 días | 240 |
| 1.080 días | 360 |
| 1.440 días | 480 |
| 1.800 días | 600 |
| 2.160 días o más | 720 |
Cómo interpretar el resultado
La cifra que obtienes es el importe bruto: de la prestación se descuenta la retención de IRPF, que suele ser menor que la de una nómina, y la parte de cotización a la Seguridad Social que corresponde al trabajador, ya que el SEPE mantiene tu cotización mientras cobras. Ten presente además que la prestación se solicita en los 15 días hábiles siguientes al cese y que presentarla tarde no la reduce en duración, pero sí hace que pierdas los días transcurridos desde el fin del plazo. Si trabajas a tiempo parcial mientras la cobras, el importe se reduce en proporción a la jornada, pero el consumo de días también se ajusta.
Quién tiene derecho y quién no
No basta con quedarse sin trabajo: hace falta estar en lo que la ley llama situación legal de desempleo. Dan derecho el despido (sea procedente, improcedente o colectivo), el fin de un contrato temporal, la no superación del periodo de prueba cuando la decisión parte de la empresa, la resolución del contrato durante los nueve meses siguientes a un cambio sustancial de condiciones, y la extinción por voluntad del trabajador cuando existe causa justificada, como impagos reiterados del salario. No dan derecho la baja voluntaria sin causa, la excedencia voluntaria ni la jubilación. Además hay que tener cotizados al menos 360 días en los seis años anteriores, estar inscrito como demandante de empleo y firmar el compromiso de actividad. Si no llegas a esos 360 días, la vía no es la prestación contributiva sino el subsidio, que tiene requisitos de renta y cuantías distintas.
Plazos y trámites que más problemas dan
El plazo para solicitarla es de quince días hábiles desde el día siguiente al cese; pedirla más tarde no acorta la duración total, pero sí hace perder los días que hayan pasado desde que venció el plazo, y esos días no se recuperan. Mientras la cobras estás obligado a mantener la inscripción como demandante de empleo y a cumplir el compromiso de actividad: rechazar una oferta de empleo adecuada, no acudir a una convocatoria o no presentarse a una acción formativa puede suponer desde la suspensión temporal hasta la extinción de la prestación en caso de reincidencia. Si encuentras un trabajo a tiempo parcial, la prestación se reduce en proporción a la jornada y el consumo de días se ajusta. Y si sales al extranjero, hay que comunicarlo: estancias cortas están permitidas con autorización previa, pero irse sin avisar es una de las causas más frecuentes de extinción.