Trabajo

Calculadora de Pensión de Jubilación 2026

Estima tu pensión mensual de jubilación según los años cotizados y tu base reguladora. Calculadora orientativa basada en el sistema español.

Última revisión de los datos: 05/09/2026 · Fuentes: Seguridad Social

Simulación simplificada. La pensión oficial depende de tus bases reales de cotización y de tus circunstancias personales.

La metodología de cálculo puede variar según el año de jubilación y la normativa aplicable: el periodo de cómputo, los regímenes transitorios y los porcentajes aplicables han cambiado con las sucesivas reformas y siguen en despliegue progresivo.

La pensión contributiva de jubilación en España es el pilar del sistema público de previsión social para la vejez. Su cálculo depende de dos factores clave: el número de años cotizados (que determina el porcentaje de la base reguladora) y la base reguladora en sí, que en el régimen general vigente se obtiene a partir de la media de las bases de cotización de los últimos 25 años, un periodo de cómputo que las reformas han ido ampliando y que convive con reglas transitorias y opciones de descarte de los peores meses. A más años cotizados y mayor salario histórico, mayor pensión.

Esta calculadora te permite estimar la pensión mensual bruta aproximada según tus años de cotización y tu base reguladora media. También te muestra cuántos años te faltan para alcanzar el 100% de la prestación y te compara con la pensión máxima y mínima vigentes en 2026. El resultado es orientativo pero útil para planificar el ahorro para la jubilación.

Tus datos

Porcentaje aplicado

95.60%

Pensión mensual bruta

1912,00 €

14 pagas/año

Pensión anual bruta

26.768,00 €

Para el 100% faltan

2 años

Progreso hacia la pensión completa
0%95.6% alcanzado100%
Pensión máxima (2026)3359,60 €/mes
Pensión mínima (≥ 65 años)936,20 €/mes
Nota: Esta es una estimación orientativa. La pensión real depende de las bases de cotización año a año (media de los últimos 300 meses), la edad de jubilación, posibles coeficientes reductores por jubilación anticipada y la normativa vigente en el momento del retiro.

Estimación orientativa. La pensión real la calcula la Seguridad Social con tus bases de cotización históricas exactas. Consulta tu informe de vida laboral.

Cómo se calcula la pensión de jubilación

El cálculo tiene dos componentes. El primero es la base reguladora, que se obtiene sumando las bases de cotización de los últimos años y dividiendo el resultado entre el número de meses correspondiente; el periodo de cómputo se ha ido ampliando con las sucesivas reformas hasta los 25 años, con la posibilidad de descartar los peores meses. El segundo componente es el porcentaje aplicable, que depende exclusivamente de los años cotizados según una escala progresiva: el 50 % con 15 años y, sumando un 0,19 % por cada mes cotizado de más hasta el mes 248 y un 0,18 % por los siguientes, el 100 % al alcanzar los 37 años. La pensión resultante es el producto de ambos y queda sujeta a un importe mínimo y a un tope máximo fijados anualmente.

Ejemplo resuelto

Supongamos una base reguladora de 2.000 € mensuales y 30 años cotizados. Sobre el mínimo de 15 años hay 180 meses adicionales, que al 0,19 % suman 34,2 puntos: el porcentaje aplicable es del 84,2 %, de modo que la pensión sería 2.000 × 0,842 = 1.684 € mensuales en 14 pagas. Si esa misma persona cotizara 5 años más hasta alcanzar los 35, el porcentaje subiría al 95,6 % y la pensión pasaría a 1.912 €, es decir, 228 € más al mes. Ese cálculo es el que conviene hacer antes de decidir si compensa prolongar la vida laboral.

Porcentaje de la base reguladora según años cotizados

Años cotizados% de la base reguladora
15 años50,0 %
20 años61,4 %
25 años72,8 %
30 años84,2 %
35 años95,6 %
37 años100,0 %

Cómo interpretar el resultado

La cifra obtenida es una estimación orientativa basada en la normativa vigente, que puede cambiar antes de tu jubilación. Ten presentes tres límites importantes. Primero, existe una pensión máxima fijada cada año, en torno a los 3.200 € mensuales, que actúa como tope aunque tu base reguladora sea superior. Segundo, la pensión tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo, así que el importe neto que percibirás será menor que el bruto calculado. Y tercero, el cálculo asume que mantienes tus bases de cotización actuales hasta la jubilación: si tus ingresos varían de forma significativa, la base reguladora cambiará. Para un cálculo oficial, la Seguridad Social ofrece un simulador con tu vida laboral real.

Jubilarse antes o después de la edad ordinaria

La edad ordinaria de jubilación no es única: depende de los años que hayas cotizado, de modo que quien acumula una carrera larga puede retirarse antes que quien tiene lagunas. Adelantar la jubilación es posible en dos modalidades, la voluntaria y la derivada del cese en el trabajo por causas ajenas, y cada trimestre de anticipo aplica un coeficiente reductor que rebaja la pensión de forma permanente, no solo durante los primeros años. Cuanto más cerca estés de la edad ordinaria y más larga sea tu carrera de cotización, menor es el recorte. En sentido contrario, retrasar la jubilación premia: por cada año completo trabajado más allá de la edad ordinaria se reconoce un incentivo, que se puede cobrar como un porcentaje adicional en la pensión, como un pago único, o combinando ambas fórmulas. Antes de decidir conviene pedir en la Seguridad Social una simulación con tus datos reales, porque la diferencia entre adelantar dos años y retrasar uno puede suponer varios cientos de euros al mes durante el resto de tu vida.

Lagunas de cotización y cómo revisarlas

El dato que más sorpresas da es el informe de vida laboral, que puede pedirse en cualquier momento y conviene revisar mucho antes de jubilarse. Ahí aparecen los periodos sin cotizar, las llamadas lagunas, que para los trabajadores por cuenta ajena se rellenan con bases ficticias según reglas de integración, mientras que para los autónomos no se integran: un hueco cuenta como cero. También se comprueban ahí los convenios especiales, los periodos de excedencia por cuidado de hijos que computan como cotizados y los años trabajados en el extranjero, que en la Unión Europea se suman a efectos de acceso gracias a los reglamentos de coordinación. Si detectas un error, cuanto antes se corrija, mejor: reconstruir una cotización de hace veinte años exige documentos que no siempre se conservan, y los errores que se descubren al solicitar la pensión retrasan el cobro varios meses.

Preguntas frecuentes

La edad ordinaria en 2026 es 65 años si tienes 38 años y 3 meses o más cotizados, o 66 años y 10 meses si cotizaste menos. Esta edad aumentará hasta 67 años en 2027. Existe jubilación anticipada voluntaria (2 años antes) e involuntaria (4 años antes) con coeficientes reductores.

Es la media de las bases de cotización de los últimos 25 años (300 mensualidades), actualizadas por el IPC excepto los 24 meses anteriores a la jubilación. Cuanto más alta sea tu base de cotización histórica, mayor será tu pensión.

Los autónomos cotizan por la base elegida dentro de los tramos del RETA. Históricamente cotizaban por la mínima, lo que generaba pensiones bajas. Desde 2023 rige un sistema de cotización por ingresos reales (con tramos que se revisan cada año, también en 2026), que acerca la cotización a los ingresos reales y mejora la futura pensión de los nuevos autónomos.

Con la escala general del artículo 210 de la Ley General de la Seguridad Social se necesitan 37 años de cotización para percibir el 100 % de la base reguladora, y es la que aplica esta calculadora. Durante los años de transición la disposición transitoria novena permite alcanzarlo algo antes —en 2026, con 36 años y 6 meses—, de modo que si estás cerca de ese umbral conviene contrastar tu caso con el simulador oficial. Con el mínimo de 15 años cotizados solo se accede al 50 % de la base. Entre ambos extremos la escala es progresiva: los primeros años tras el mínimo aportan un porcentaje mayor que los últimos, de modo que cotizar de 15 a 20 años sube bastante más el porcentaje que cotizar de 30 a 35. Además, al menos 2 de esos 15 años deben estar comprendidos dentro de los 15 anteriores a la jubilación.

Sí, existen dos modalidades. La jubilación anticipada voluntaria permite adelantar hasta 2 años la edad ordinaria, siempre que se acrediten al menos 35 años cotizados, y aplica coeficientes reductores que oscilan aproximadamente entre el 2,81 % y el 21 % según los meses de adelanto y los años cotizados. La involuntaria, por causas ajenas al trabajador como un despido colectivo, permite adelantar hasta 4 años con 33 años cotizados y coeficientes algo más suaves. Conviene calcular bien el impacto: la reducción es vitalicia y se aplica sobre todas las pensiones futuras, no solo durante los años adelantados.

Sí, existen varias fórmulas compatibles. La jubilación activa permite compaginar el cobro de una parte de la pensión con el trabajo por cuenta propia o ajena, con porcentajes que varían según las condiciones y que son más favorables cuanto más se retrasa. La jubilación parcial permite reducir la jornada y cobrar la parte proporcional de la pensión, normalmente ligada a un contrato de relevo. Y el envejecimiento activo ha ido ampliando los supuestos en los que se puede cobrar el cien por cien de la pensión trabajando, sujeto a requisitos concretos. Las condiciones de cada modalidad se han reformado varias veces en los últimos años, así que conviene contrastar la situación vigente en la Seguridad Social antes de tomar la decisión y, sobre todo, antes de comunicar nada a la empresa.

Para acceder a la pensión contributiva de jubilación hacen falta quince años cotizados, de los cuales al menos dos deben estar dentro de los quince años anteriores a la jubilación. Si no se alcanza ese mínimo, existe la pensión no contributiva, que no depende de lo cotizado sino de la edad, la residencia y los ingresos de la unidad familiar, y cuya cuantía es sensiblemente menor. Hay dos vías intermedias que mucha gente desconoce: suscribir un convenio especial con la Seguridad Social para seguir cotizando voluntariamente y completar los años que faltan, y comprobar si computan periodos que no aparecen a simple vista, como el servicio militar en determinados supuestos, los años de cuidado de hijos o las cotizaciones hechas en otros países de la Unión Europea.

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